Versión aprobada: http://cpn.mef.gob.pe/cpn/PCGE_Final111008.pdf
Mediante Resolución N° 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008, el Consejo Normativo de Contabilidad aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial que entrará en vigencia a partir del 01-01-2010, recomendándose su aplicación anticipada en el año 2009.
Solamente se exceptúa de la aplicación del nuevo plan a las entidades facultadas por ley expresa a la formulación y aplicación de planes contables, manuales de contabilidad u otra denominación similar distintos.
En el siguiente enlace se puede descargar el Plan Contable Aprobado:
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/PCGE_Final111008.pdf
El nuevo plan contable general empresarial establece también identificar:
6 ----- Elemento (Elemento 6 para gastos por naturaleza)
Se identifica con el primer dígito y corresponde a los elementos de los estados financieros, excepto para el dígito “8” que corresponde a la acumulación de información para indicadores nacionales, y el dígito “0” para cuentas de orden.
62 ----- Rubro o Cuenta (Gastos del personal, directores y gerentes)
Rubro o cuenta: a nivel de dos dígitos, es el nivel mínimo de presentación de estados financieros requeridos, en tanto clasifica los saldos de acuerdo a naturalezas distintas.
621 --- Subcuenta (Remuneraciones)
Subcuenta: Acumula clases de activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos del mismo rubro, desagregándose a nivel de tres dígitos.
6215--Divisionaria (Vacaciones)
Divisionaria: Se descompone en cuatro dígitos. Identifica el tipo o la condición de la subcuenta, u otorga un mayor nivel de especificidad a la información provista por las subcuentas. Es el caso por ejemplo, de las Cuentas por cobrar o pagar comerciales; de los Inmuebles, maquinaria y equipo, y de los Tributos.
62151 -- Subdivisionaria (Vacaciones del personal administrativo)
Subdivisionaria: Se presenta a nivel de cinco dígitos. Indica valuación cuando existe más de un método para medirla, u otorga un nivel de especificidad mayor. Por ejemplo, en el caso de las Inversiones inmobiliarias, e Inmuebles, maquinaria y equipo, se distinguirá entre activos medidos al costo o valor razonable; y en lo referido a un mayor nivel de detalle, por ejemplo, se ha incorporado el tipo de vinculación entre partes relacionadas, en las cuentas por cobrar y pagar entre aquellas.
Cabe resaltar que no se ha contemplado más dígitos para este Plan Contable General Empresarial, dejando la posibilidad a las empresas para que utilicen los apropiados de acuerdo con sus necesidades; por ejemplo, para clasificar los elementos de los estados financieros por segmentos operativos (véase la NIIF 8); saldos de acuerdo con la moneda de contratación (en lo que hace, por ejemplo, a la exposición de riesgos de cambio a que se refiere la NIIF 7), entre otros, hasta llegar al nivel de detalle requerido en los análisis de cuentas, como estados de cuenta de clientes y proveedores.
Alan Emilio Matos Barzola - Abogado Tributarista y Bachiller en Contabilidad. Egresado del 48 Curso de Administración Tributaria (CAT 2007) de selección nacional de SUNAT
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